RETIRA SMyT DOS UNIDADES QUE REALIZABAN
SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE SIN AUTORIZACIÓN
Por realizar el servicio público de transporte sin la autorización o permiso de la autoridad estatal, fueron retirados de la circulación dos unidades particulares en los municipios de Calpulalpan y Sanctorum cuyos conductores cometieron el delito contra la prestación del servicio público de transporte sin concesión, permiso o autorización del Gobierno del Estado.
Durante la supervisión que de manera permanente realizan los inspectores adscritos a la Secretaría de Movilidad y Transporte, se percataron que en el municipio de Calpulalpan sobre Boulevard Emilio Sánchez Piedras circulaba una unidad marca Nissan tipo Versa de color azul metálico con placas particulares de la Ciudad de México, cuyo conductor confirmó que se encontraba prestando el servicio de taxi desde el municipio de Nanacamilpa hacia Calpulalpan.
La segunda unidad marca Mitsubishi tipo Xpander vagoneta color blanco, con placas particulares del estado de Tlaxcala, circulaba en el municipio de Sanctorum frente al Cecyte número 4, confirmando la conductora que se encontraba prestando el servicio público de transporte en su modalidad de taxi del municipio de Nanacamilpa hacia Sanctorum.
Por lo que de manera separada, les fue requerida la documentación correspondiente a los conductores, sin que pudieran acreditar la autorización o permiso expedido por la Secretaría de Movilidad y Transporte, ni tampoco acreditaron estar de alta en alguna plataforma digital, por lo que se procede al levantar las infracciones correspondiente con fundamento en los Artículos 34, 35, 36 37, 39 y 82 fracción IX del Reglamento de la Ley de Comunicaciones y Transportes del Estado de Tlaxcala en materia de transporte público y privado y trasladando las unidades al corralón.
Es de mencionar que de acuerdo a la Ley de Comunicaciones y Transportes, para que los particulares tengan derecho a utilizar con fines comerciales las vías estatales de comunicación se requiere concesión o autorización del Ejecutivo del Estado, misma que se ejercerá sujetándose a lo establecido en la mencionada Ley y su Reglamento.
La SMyT informó que al prestar este tipo de servicio irregular constituye no sólo una violación a la Ley en la materia, sino también al Código Penal del Estado de Tlaxcala, de acuerdo con lo que establece el artículo 396 en su Capítulo III, delito contra la prestación del servicio público de transporte sin concesión, permiso o autorización del Gobierno del Estado, por lo que exhorta a todos aquellos que incurren en esta práctica a que se abstengan de hacerlo ya que se continuará aplicando la ley sin distingo alguno.
Finalmente la Secretaría de Movilidad y Transporte ratifica su compromiso con la ciudadanía de actuar en el marco de la ley para garantizar a las y los ciudadanos una movilidad segura en unidades debidamente acreditadas por las autoridades competentes.